martes, 31 de julio de 2007

Caso de la Fundación Concejo de La Tierra comparación con ACERPA

CONSEJO DE LA TIERRA

ACERPA

INICIO

1993

2-3-1994

Objeto de a donación del

Estado.

Construir una sede para el

Consejo de la Tierra.

La Ley de donación No. 8035

no estipula nada sobre el

destino del bien. Lejos de ello

lo desafectó del dominio

público, con lo cual pasa al

dominio de los hombres;

consecuencia.

Venta del Inmueble

Desvío o cambio del destino

7-10 años después a sujetos

privados.

23 años después a favor de

una municipalidad (entre

sujetos de Derecho Público.)

Supervisión de la Contraloría General de la República

No requirió autorización de la

Contraloría.

Sí requiere autorización de la

Contraloría (compra directa)­

Municipalidad.

Acerpa deberá justificar de

previo ante la Contraloría cuál

será el destino que le dará al

dinero.

Nuevo destino

Producto no se reasignó, si no

que se disolvió o liquidó.

Construir un nuevo local para

sus mismos fines.

No hay desvío.

Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República, Art. 7

Beneficio a particulares: obliga

a devolver el valor del bien,

más los daños y perjuicios.

No hay beneficio de intereses

privados.

Si hay autorización, simple

control urbano.

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