lunes, 18 de febrero de 2008
BITÁCORA de la Sesión Ordinaria # 94-2008
Concejo Municipal de Curridabat
Ausentes: Ximena Soley, Cecilia Picado, Manuel Castillo (auditor Municipal).
REVISIÓN Y APROBACIÓN DE ACTAS (CAP. # 1)
- Sesión Ordinaria #93-2008. Se aprueba con votación de 6 a 1 (Dubilia Mora y Edwin Artavia en contra).
- Ana María Cambronero, pide que conste textualmente que ella propuso a la persona que representará al concejo municipal en el Comité Cantonal de la Persona Joven.
- Edwin Artavia, “Buenas noches yo quiero dejar justificado mi voto negativo por motivo de que dentro de los informe del Concejo de Distrito faltó el informe de Granadilla, y además sigo manifestando que la Ley 7755 es muy clara en su manifestación de que debe de funcionar con los concejos de distrito ampliado. Muchas gracias”.
- Dubilia Mora, “Buenas noches, mi voto de ano aprobación del acta, es sencillamente porque a veces por situaciones de la vida, tiene uno que hacer cosas que van en contra de los principios que se le han inculcado. Y yo me tengo que acusar de que el martes pasado yo voté aquí lo que se presentó de los concejos de distrito y eso fue violentando lo establecido por la ley para la distribución de las partidas para los concejo de distrito, siendo conocedora de que ni siquiera se convocaron a todos los miembros de los concejos de distrito para tomar la decisión. Y realmente ese voto a mí ha valido, yo no sé si a las personas hacer cosas en contra de sus principios les afecte, pero a mí si me afecta, y me afecta muy fuerte en mi moral, porque yo tengo formación de mis padres y yo he prometido honrarlos hasta el día que yo me muera. Y el voto que yo realicé los hice en contra de ellos, por lo tanto no estoy aprobando el acta.”
ASUNTOS URGENTES DE LA PRESIDENCIA. (CAP. #2)
1. Carta de Edgar Obregón en la que indica que estará asistiendo en un seminario, por lo que pide que se le justifiquen sus ausencias a actividades oficiales programadas por el concejo y la alcaldía durante febrero, marzo y abril, lo días sábados.
2. Nota del IFAM, para invitar a una capacitación del modelo óptimo de gestión tributaria, los 6 y 7 de marzo.
INFORMES (CAP. # 3).
1. ASESORÍA LEGAL DE CONCEJO
Asunto: Consulta sobre el deber de pagar a la señora Ross. (ver informe completo)
Se somete a votación el dictamen. La votación queda 4 a 3 (Dubilia Mora, Edwin Artavia y María Luisa Elizondo en contra)
- Edwin Artavia, justifica su voto negativo diciendo que no aprueba el dictamen porque hay una parte responsable en la administración, y le parece que se debió sugerir una investigación o un órgano de procedimiento al presidente del concejo de ese momento o a las comisiones responsables, ya que fueron ellos los que en nueve meses contestaron, y no hay justificación.
- Xinia Mata, responde que en principio tiene razón Artavia, pero en el estudio se logra determinar hay responsabilidad de todo el concejo, y en las comisiones fue donde se produjo el atraso, porque se trasladó de comisión en comisión. La Sala IV lo que ha indicado es que en cada trámite se le debió notificar a la persona, si se hubiese hecho la notificación se le hubiera estado informando a la persona que a su se le estaba dando el seguimiento adecuado. Considera que se debe dar una llamada de atención a todos, y que se debe apresurar el trabajo en las comisiones.
- Azucena Mora, le solicita al secretario que se le dé respuesta a todas las personas que corresponda cuando se tome un acuerdo, con el fin de evitar este tipo de recursos.
- María Luisa Elizondo, indica que se debe revisar cómo trabajan las mociones porque a veces se tarda mucho en dar respuesta a algunos asuntos. Justifica su voto negativo diciendo que no sabe si al final el comentario es de la asesora o qué, porque le confunde un poco con respecto a su informe.
2. ASESORÍA LEGAL DE PLANTA
Informe sobre la moción presentada por el regidor Edwin Artavia para agregar un requisito a las contraciones que realiza la municipalidad (ver dictamen)
Se somete a votación el dictamen. La votación queda 4 a 3 (Dubilia Mora, Edwin Artavia y María Luisa Elizondo en contra)
- Edwin Artavia, dice no estar de acuerdo con los comentarios del asesor legal, “... creo que le falta profundidad al punto...”, indica que la semana anterior había solicitado que se trasladara la moción a la asesoría legal del concejo. Agrega que La Nación publicó un artículo en el que se denuncia a una empresa que no cumplió en Puntarenas pero es proveedora de esta Municipalidad, al parecer la calle la dejaron en muy mal estado.
- Dubilia Mora, “En realidad este informe de la asesoría legal, yo no lo voto porque a mí me parece, si yo no me equivoco, que existe la Contraloría, y las asociaciones y fundaciones, y todas estas organizaciones tienen unos reglamentos y unas leyes que cumplir, la Contraloría es la que tiene que revisarlos para que ellos estén a derecho y sabrán los requisitos que les tengan que pedir, entonces me parece que esto es redundar en irles a otros tipos de requisitos la Contraloría es la que tiene la función de vigilarlas correctamente”.
CORRESPONDENCIA (CAP.# 4)
1. IFAM.
Oficio DE 212-2008 en el que se invita al encuentro municipal que se realizará para capacitar sobre la incorporación de los recursos financieros extraordinarios 2008-2009, gestionados por el señor Presidente de la República, Dr. Oscar Arias Sánchez, por un monto de ¢26 mil millones. Por ello, se requiere que a más tardar el 1 de marzo se envíen al IFAM, los acuerdos de Concejo Municipal y Consejos de Distrito, con los perfiles de proyectos que definan el destino de los montos asignados. La actividad será el 15 de febrero a las 17:00 horas en el Auditorio de la Clínica Dr. Carlos Durán, barrio Vasconia sobre la pista a Zapote.
Se toma nota.
2. RECOPE.
Circular P-044-2008 donde comunican los requisitos para las donaciones de asfalto y/o emulsión asfáltica.
Se traslada a la alcaldía.
3. JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO TÉCNICO GRANADILLA.
Carta en la que se adjunta el "Programa Ejecutivo para Centros de Servicios" para personas con deseos de superación y de cualquier edad, que concluyeron su bachillerato, que tengan interés de seguir creciendo para lograr una especialidad. La iniciativa es gratuita y procura preparar en los campos de contabilidad,, informática en programación y ejecutivos para centros de servicio. (Este documento les fue entregado a todos el pasado martes por parte de la Alcaldía)
Se toma nota.
4. SALA CONSTITUCIONAL.
Resolución en la que se declara con lugar el recurso de amparo accionado por Luis Carlos Vargas Estrada, contra el Alcalde, Presidenta y Oficina Subregional de San José, del MINAE, entre otros, a raíz del funcionamiento de la Recuperadora Nacional de Chatarra. Al respecto, le ordena a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), que en el término improrrogable de ocho días, atienda la denuncia presentada por el recurrente. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esa declaratoria.
Se traslada a la asesoría legal del concejo para que lo tenga en su archivo.
5. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES.
Oficio 021-02-08 donde se adjunta: a) Informe de Ejecución Presupuestaria del IV trimestre 2007, b) Informe de Liquidación Presupuestaria del 2007, c) Acuerdo donde se conocen ambos informes, se discuten y se aprueban de conformidad con lo establecido en circular Nro. 8626 de la Contraloría
Se traslada a la alcaldía, y con recomendaciones se traslade luego a la comisión e hacienda.
6. IFAM.
Oficio PE 014-2008, donde se solicita el envío, a más tardar el 1 de marzo próximo, de los acuerdos del Concejo que definan el destino de los montos asignados por los Consejos de Distrito, sobre los recursos que por un monto de 26 mil millones gestionó el señor Presidente de la República. El documento incluye algunas consideraciones a tomar en cuenta.
Se toma nota, ya fue enviado el documento.
7. LUIS GERARDO DOBLES RAMÍREZ.
Copia de carta enviada al Ing. Juan Carlos Arroyo Víquez y al Lic. Oscar Cordero Calderón, donde les solicita una nueva inspección en construcción autorizada por esta municipalidad, donde se habrían transgredido algunas normas del Reglamento de Zonificación y Vialidad del Cantón.
Se traslada a la comisión de obras.
8. DIPUTADO FRANCISCO MOLINA GAMBOA.
Oficio en el que se informa de los recursos asignados para este Cantón en el presupuesto ordinario de la República, y provenientes de la Ley de Control de Partidas Específicas y de la Ley 8114 del Impuesto a los Combustibles, por ¢14.286.977,00 y ¢117.120.282,00, respectivamente.
Se traslada a la unidad de gestión vial.
9. EDWIN ARTAVIA AMADOR Y EDGAR ARTURO OBREGÓN ROJAS.
Carta en la que se informa de la falta de quórum necesario para realizar la reunión de Comisión de Hacienda y Presupuesto, el pasado jueves 07 de febrero de 2008, a la cual asistieron ellos solamente.
Se toma nota.
ASUNTOS VARIOS (CAP. #5)
- Ana Cambronero, comenta que la actividad del domingo 10 de febrero la actividad estuvo muy linda, llegó mucha gente y se sentían alegres. Felicita a los organizadores.
- Alfredo Dormond, felicita y agradece por la actividad cultural del domingo. Agradece también la infraestructura para juegos infantiles que se instaló en el parque.
- Carlos Castro, indica que todas las actividades que se hacen en el parque son muy bonitas, pero le preocupa el tema de los servicios sanitarios.
- Edwin Artavia, recuerda que se deben nombrar dos miembros para el órgano director contra el secretario. Por otro lado, dice que la Ley General de la Administración Pública establece que una notificación que se haga mal hecha o defectuosa deja sin efecto el acto, lo dice que porque el viernes 8 de febrero se presentaron tres regidores y un síndico a la sesión extraordinaria que se había convocado, por lo que la desconvocatoria no es de oficio.
- Sergio Reyes, sobre la actividad del domingo indica que sería muy bueno trasladar las actividades a los diferentes distritos.
- Ana Madrigal, se refiere a la convocatoria del pasado viernes. Al respecto dice que es muy posible que el alcalde no tome en cuenta que ella es educadora y ya entraron las clases, y no se le comunicó que la sesión extraordinaria se había anulado, y cuando se presentó todo estaba cerrado. Considera que las cosas se deben hacer de otra manera, y esa tenía otra actividad laboral que no pudo atender por asistir a la sesión. Su casa queda sola. Pide una explicación por la suspensión de la sesión, considera que es lo mínimo que se puede hacer. En alguna ocasión se criticó mucho por una moción que por un caso fortuito no llegó al concejo, esto es lo mismo. Finaliza diciendo que nos e debe jugar con el tiempo de las personas.
- Dubilia Mora, aclara “que esa sesión no es nula, sino que me lo digan a mí porque esa sesión es nula, yo tengo en mi poder una certificación de que el documento de presupuesto extraordinario 01-2008 que íbamos a venir a conocer en esa sesión extraordinaria que se había convocado el martes, no se había entregado al concejo ni tampoco a los regidores. Tengo una certificación también de a quiénes se convocó, y quiénes firmaron las desconvocatoria, yo no sé de dónde existe la desconvocatoria, pero sí también tengo muy claro que y me dejó mucho que desear, porque aquí Bernal Allen, en una sesión los llamó de mentirosos, a Luis Ulderico, a María Luisa, a Azucena y a Edwin Artavia, porque habían hecho la convocatoria a una sesión extraordinaria y no habían metido la moción que era uno de los puntos de la agenda, y se les llamó mentirosos, y ustedes avalaron la mentira del señor alcalde. Porque es una mentira tampoco estaba presentado el presupuesto en la secretaría para poder convocar a esa sesión extraordinaria, es una mentira, y el sol no se tapa con un dedo, inventando desconvocatoria, no se tapa la irresponsabilidad, ni la falta de ejecutividad, que debió tener para convocarnos a conocer un presupuesto extraordinario, es un presupuesto extraordinario, lo que íbamos a venir a conocer, y si se supone ,que tienen que estar en secretaría los documentos para lo que se convoca, y las extraordinarias son para puntos específicos, entonces tiene que tenerse a mano. Es más ahora quisiera que me respondieran porque tengo también, hoy a las cuatro y resto me llegó una convocatoria para mañana [miércoles 13de febrero] para venir a conocer la liquidación presupuestaria, y tampoco lo tengo en mis manos, y tampoco sé si el documento ya está presentado en la secretaría, y tampoco quiero que me llamen mañana en la mañana para volverme a desconvocar. Yo creo que uno tiene ser responsable y apechugar las cosas, cuando no les salen, o cuando no las preparan, pero no es inventando leyes, porque ahí tengo la nota en la que firmaron tres personas, dice que en el artículo 7 inciso m), eso en el código habla para convocar no para desconvocar, y si por lo menos lo hubiera hecho respetuoso los hubiera hecho veinticuatro horas antes, no a las once de la mañana como dice el documento que estaba en secretaría, y que yo tengo en mi poder. Y eso que es el original el estaba en secretaría, y eso que quede muy claro porque uno no puede jugar con las personas al menos yo, le doy gracias a Dios que tengo cerebro, tengo inteligencia, tengo discernimiento, tengo criterio propio y soy un ser libre, Dios me dio un alma, no soy monigote de nadie, ni he sido ni lo voy a ser nunca, muchas gracias”.
- Edwin Artavia, considera que ya debería estar presentado el informe de la comisión de festejos populares, no recuerda la fecha específica, pero se debería hacer la advertencia al comité.
- Azucena Mora, nombra a Virgilio y a Sergio Reyes en el órgano director contra el secretario.
- Marita Solano, se disculpa por haberse a apersonado a la sesión extraordinaria, ella había indicado que no le avisaron pero que efectivamente sí se le notificó.
MOCIONES (CAP. #6)
1. Moción presentada por el regidor Artavia para nombrar a un asesor legal. (ver moción completa)
- María Luisa Elizondo, pide a los regidores que se le acompañe con la moción, porque durante el primer año se notó la ausencia de este funcionario, durante el segundo año ha habido mucha inestabilidad, lo que busca la moción es agilizar el trámite de contratación.
Se somete a votación la dispensa de trámite de comisión. La votación queda 6 a 1 (Bernal Allen en contra).
- Edgar Mora, le parece que es necesario advertir cosas que son de índole legal. Las modificaciones de presupuesto no se legislan en el concejo sino en la administración que es la encargada de esto, y una cosa es pretender que se pague de alguna partida en concreto, y otra asumir que el nombramiento del funcionario corresponde al concejo municipal, el argumento de consulta realizada a la Contraloría debería estar mejor sustentada, ya que el debe velar por la legalidad de los acuerdos municipales, y si se aprueba así la moción podría tener algunos vicios de legalidad.
- Bernal Allen, indica que su voto negativo se relaciona con lo explicado por el alcalde. Está de acuerdo con que se debe nombrar un asesor legal, pero lo que no entiende es que primero se habla de un modificación y luego se nombra, si la modificación no existe no se puede pagar el nombramiento. Eso es lo que le preocupa, pide que se revise esa situación, porque debe haber una modificación presupuestaria y eso es resorte de la administración, nada se hace haciendo el nombramiento sin el contenido, hay algo que no está correcto.
[La presidenta decreta un receso de 10 minutos]
- María Luisa Elizondo, indica que son válidas las recomendaciones, sugiere entonces modificar el último párrafo, para que quede de la siguiente forma:
“Por lo tanto se solicita al señor alcalde realice la reserva necesaria en este presupuesto 2008 para que cuente con el contenido económico para contratar al asesor legal de este concejo”.
- Dubilia Mora, dice tener la duda de que se está haciendo el trámite para el asesor legal, pero que se está haciendo un proceso de contratación.
Se aprueba la moción de forma unánime.
ASUNTOS DEL ALCALDE (CAP.#7)
1. Moción del Alcalde para que se autorice al alcalde y a Hacienda Cacao S.A. hacer efectiva la donación del terreno en el cual está ubicada la actual plaza de Cipreses a la Municipalidad de Curridabat, y a la vez se autorice al alcalde a firmar un convenio de administración con el Comité Cantonal de Deportes. (ver Moción completa)
Se aprueba la dispensa de trámite de comisión de forma unánime. (ver discusión)
Se aprueba la moción de forma unánime.
2. Lee una nota que envía a la auditoría, en la que le solicita le informe la identidad de las personas que interpusieron una denuncia en su contra y que consta en el informe de auditoría sobre espectáculos públicos y patentes, para ejercer la defensa judicial correspondiente.
La sesión finalizó a las 9:05 p.m.
Informe de la asesoría legal del concejo
XMC - 002- 2008
Para: Secretaría del Concejo MunicipalDe: Licda. Xinia Mata Castro /Asesora Legal del Concejo MunicipalAsunto: Consulta sobre el deber de pagar a la señora Ross.Fecha: 4 de febrero de 2008.
Conforme a la solicitud realizada emito criterio explicativo sobre EL PROCESO JUDICIAL INTERPUESTO POR LA SEÑORA ROSS VILLALOBOS Y LA OBLIGACIÓN DE PAGO EXIGIDA A RAÍZ DEL MISMO, consulta resuelta de la siguiente forma:
Para todos los efectos remito al DOCUMENTO ADJUNTO en el cual analizo mediante el estudio pormenorizado de los expedientes judiciales la situación planteada por la señora ROSS VILLALOBOS e incluyo algunos artículos de leyes, reglamentos y plan regulador relacionados con el tema.
La señora Ross vive en Residencial Abedules, Lote 25- H, calle Guayacán, Guayabos, junto al lote destinado por la Urbanizadora para la actividad comercial del residencial.
En el año 2004 la empresa Soluciones para Eventos Valverde S.A., cédula jurídica 3- 101- 246832, empresa que brinda servicios de catering y empleo a muchos trabajadores, según el dicho de su propietario, inicia los procedimientos en la Municipalidad de Curridabat para la construcción, instalación y funcionamiento de un local en el lote destinado para el comercio de la Residencial Abedules, junto a la casa de la señora Ross.
La señora Ross inicia en sede administrativa sus quejas sobre la instalación de esta empresa en ese local y junto a su casa, a pesar de no haber presentado documentos idóneos en las instancias judiciales que demuestren tal situación, la señora Ross alega haber presentado cartas en diferentes departamentos de la Municipalidad y del Ministerio de Salud, en las cuales mantiene su inconformidad y dudas por las deficiencias que cataloga perjudiciales para su salud y un incumplimiento manifiesto de las leyes municipales, en este caso del plan regulador.
Agota sus quejas en una denuncia que plantea ante el Concejo Municipal mediante carta de fecha 11 de julio del 2005, documento que no había sido respondido al momento en que la señora decide interponer formal Recurso de Amparo ante la Sala Constitucional contra la Alcaldía y el mismo Concejo Municipal por no haberle respondido.
Según se observa en el expediente del trámite constitucional, el procedimiento seguido dentro del Concejo Municipal fue remitirlo al Asesor Legal, el cual resuelve indicar que corresponde a la Comisión de Obras el inspeccionar y responder a la señora y esta comisión, a su vez, realiza una inspección pero recomienda pasar la carta a la Comisión de Urbanismo y consultar a la Dirección de Operaciones y a la Administración para que ella le responda, con más fundamento, a la señora Ross sobre su queja.
Mientras tanto, la señora Ross fundamenta con planos, permisos de construcción, permisos de usos de suelo, fotografías e incluso videos las deficiencias que considera fundamentales que se sucedieron con los permisos dados a la empresa de catering service.
En el Voto de las 14:42 h del 7- marzo- 2006, la Sala Constitucional resuelve a favor de la Sra. Ross, en razón del largo tiempo transcurrido sin comunicarle a la misma el trámite seguido por la Municipalidad sobre su caso. La condena es directamente al Presidente del Concejo Municipal para que en forma perentoria resuelva la consulta planteada que ya lleva 7 meses sin responder. Además, se le concede a la demandante el pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados, de los cuales responderá la Municipalidad.
Incluso, al no haberle respondido el Concejo Municipal, la señora Ross presenta a la Sala Constitucional el 10 de julio del año 2006, su solicitud de que al nuevo Presidente del Concejo se le condene a la pena de prisión o multa por incumplimiento de la resolución dictada.
Mientras tanto, en el Concejo Municipal la Comisión de Obras había resuelto darle la razón a la señora Ross (acuerdo N° 203- 2006, del 16 de marzo del 2006) y la Alcaldesa de ese entonces le interpuso un veto a ese acuerdo; veto que fue acogido y, de nuevo, la Comisión de Obras revisa y resuelve la carta de denuncia de la señora Ross negándole a la misma la razón, justificada en el procedimiento de la Administración y del Ministerio de Salud (Informe N° 3). Resolución comunicada a la denunciante mediante oficio SCMC- 334- 07- 06 del 10 de julio del 2006 y que se le notificó de forma debida el día 11 de julio del 2006.
Posteriormente, la señora Ross, presenta formal proceso de Ejecución de Sentencia ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Expediente N° 06- 001037- 0163- CA, por las costas, daños y perjuicios que la Municipalidad le causó por la no respuesta, el cual es fallado en Resolución N° 660- 07 de las 8 h del 14 de mayo del 2007, y determina los extremos condenados.
La resolución fue apelada por el Alcalde actual y fue confirmada en todos sus extremos mediante resolución N° 505- 2007 de las 14 h del 5- diciembre2007del Tribunal Contencioso Administrativo y debidamente notificada a la Secretaría del Concejo el 3 de enero del 2008, lo que la hace plenamente exigible de pago para este Concejo y la Administración Municipal.
Como conclusión indico que, del análisis y estudio realizado puedo descartar el culpar a una persona de la falta de respuesta, pero sí es, rotundamente, el procedimiento seguido, la falta de indicación al tramitante del curso y desarrollo de su trámite o solicitud lo que originó la falta de respuesta. El Concejo y las Comisiones hicieron su trabajo pero fue tardado (9 meses) y no hubo respuesta ni aclaración del mismo a la denunciante, por lo que ella, fundadamente alega la falta de respuesta ante la Sala Constitucional y posteriormente se determina el monto a pagar por esa falta por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo; dinero que debe cancelarse lo antes posible en razón de los intereses que se acumulan con el tiempo.
En cumplimiento de la consulta hecha, la suscrita:
Licda. Xinia Mata Castro
Asesoría Legal- Concejo Municipal
Informe de la asesoría legal de planta
Curridabat, 12 de febrero de 2008
Señores
Concejo Municipal Presente.
Estimados señores:
En atención al acuerdo tomado por ese Concejo, según artículo único capítulo 7°, del acta de la sesión ordinaria No. 87/2007, de fecha 27 de diciembre de 2007, mediante el cual se me solicita estudio y recomendación de la propuesta de emitir circular para los proveedores de la Municipalidad, ésta asesoría se sirve evacuar su consulta en los siguientes términos:
En primer lugar, la moción de marras no es clara en cuanto a su contenido por cuanto primero se indica que las personas jurídicas sin fines de lucro, como asociaciones, fundaciones y otras, sujetas a prohibición, cuando actúen como representantes legales judiciales y extrajudiciales, deben rendir declaración jurada en la que se indique capital social, tipo de acciones (nominativas o al portador) número de acciones, valor de las mismas, etc., pero no se dice para qué fin.
En segundo lugar se aclara que las personas jurídicas sin fines de lucro, como asociaciones o fundaciones, no tienen acciones, pues estas son reservadas para las empresas mercantiles con fines de lucro, como lo son las sociedades anónimas, cuyas acciones hoy día no pueden ser al portador, sino que son nominales.
Respecto al machote propuesto de declaración jurada, éste no se relaciona en nada con todo lo anterior, sin embargo, se les indica que esa obligación de rendir una declaración jurada a los eventuales oferentes en un concurso público regulado por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, está previsto en el artículo 22 de la Ley de la Contratación Administrativa, y en el artículo 20 de su Reglamento, que establece en lo conducente siguiente:
"Artículo 20.- Verificación del régimen de prohibiciones.
La Administración se encuentra obligada a desplegar las medidas de verificación necesarias para evitar violaciones al régimen de prohibiciones establecido en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, para ello deberá solicitar a los oferentes una declaración jurada en la que se indique que no se encuentran cubiertos por este régimen, así como cualquier otro documento que considere pertinente.
La declaración jurada no tiene que ser rendida ante Notario Público, para ello bastará la presentación en documento informal o una manifestación expresa dentro del cuerpo de la oferta, salvo que la Administración requiera la comprobación por otros medios...."
Respecto a la segunda parte de la propuesta, de indicar el oferente en su declaración jurada que está al día en el pago de todo tipo de impuesto nacional y municipal, es menester indicar que el inciso a) del artículo 65 del Reglamento de marras establece como obligación del oferente el aportar en su plica, "Declaración jurada de que se encuentra al fía en el pago de los impuestos nacionales", que son lo únicas que por ley se pueden exigir su pago previo, más no así los municipales, los cuales no son un requisito para las contrataciones administrativas, en razón de lo anterior, este requisito no puede ser establecido.
Por lo expuesto, esta asesoría se sirve recomendar el rechazo de la propuesta citada, primero por no ser clara, aunado al hecho de que es innecesaria e improcedente.
Atentamente,
Lic. Luis Fernando Chaverri
Asesor Legal
Se somete a votación el dictamen. La votación queda 4 a 3 (Dubilia Mora, Edwin Artavia y María Luisa Elizondo en contra)
MOción para contratar a un asesor legal para el Concejo
Que según consulta realizada el 30 de enero de¡ presenté 'año, por la fracción política que representamos, a la Contraloría General de la República, Área Municipal, sobre la intención de tener la autonomía para escoger y nombrar el asesor legal del Concejo de ésta Municipalidad, nos manifestaron que de acuerdo a la nueva Reglamentación de Partidas Presupuestarias, tenemos la autoridad de solicitar a la Administración Municipal reservar una suma o monto para la partida presupuestaria a utilizar en SERVICIOS ESPECIALES, ASESOR LEGAL DEL CONCEJO, en el momento que requerimos.
Recordemos que un Concejo Municipal debe tomar acuerdos donde el regidor a la hora de votar, compromete su patrimonio, y todos sus derechos, civiles, políticos y patrimoniales, y dado que desde que iniciamos labores nos hemos visto frágiles en la toma de decisiones por falta de apoyo legal y que ha sido evidente la dificultad de contratar un asesor legal y la continuidad para el desempeño, debido que su nombramiento ha sido por tiempos cortos y como consecuencia en el lapso de 8 meses, hemos tenido tres asesores y en este momento la actual asesora vence el periodo el 15 de febrero, situación que provoca una nueva desarticulación en labores que tiene pendientes y que se interrumpirán nuevamente, amenazando las responsabilidades que tiene este Concejo.
POR LO TANTO:
Mocionamos para que según el Reglamento Interno sobre el Trámite de Variaciones al Presupuesto de la Municipalidad de Curridabat principalmente en sus artículos:
Artículo 3°- Aprobación presupuestaria interna de las modificaciones presupuestarias. La aprobación de las modificaciones presupuestarias corresponderá en principio al jerarca, quien mediante acto razonado y considerando la naturaleza, cuantía y origen de los recursos y el efecto de las variaciones en el cumplimiento de los objetivos y metas del plan anual operativo, podrá designar a otras instancias internas para ejercer esa competencia, considerando lo establecido al efecto por la Ley General de Administración Pública, así como el marco jurídico vigente.
Artículo 4°- Modificaciones presupuestarias por naturaleza, cuantía y origen de los recursos.
4.1. Modificaciones presupuestarias de primer nivel:
a) Afecten la partida de cuentas especiales.
b) Incorporen recursos para ajustes salariales, creación o eliminación de plazas, incorporación de nuevos beneficios o cambios en los ya existentes por variación de la metodología de cálculo o en la base legal; que modifiquen la relación de sueldos para cargos fijos, jornales ocasionales y servicios especiales de la Municipalidad.
Artículo 6°- Disposiciones comunes que deben observarse en el trámite de formulación, aprobación y ejecución de las modificaciones presupuestarias. El procedimiento de formulación, aprobación y ejecución de cualquier tipo de modificaciones presupuestarias reguladas en este reglamento, deberá sujetarse a las siguientes disposiciones:
Inc.6.7. La comisión de Hacienda y Presupuesto dará un trámite expedito a las modificaciones sometidas a su consideración.
Inc. 6.11. De toda modificación presupuestaria se levantará un expediente que estará bajo custodia del Contador Municipal o el Oficial de Control Presupuestario, en el que se incluirá el documento correspondiente junto con el acuerdo del acta de aprobación respectiva y deberá constar al menos las siguientes especificaciones:
b) Acuerdo del Concejo Municipal.
6.11.E1 cumplimiento de las limitaciones establecidas en el presente reglamento, deberán hacerse constar en todos los casos en el documento que contenga la respectiva modificación y deberá acreditarse cuando corresponda, mediante constancia que emita el Oficial de Control Presupuestario.
Dicho Asesor es un Funcionario de Confianza por lo que se solicita a la Administración se proceda a la contratación directa del asesor que éste Concejo indique, en éste caso se autorice la contratación a partir del 15 de febrero del presente año y hasta el 14 de enero del 2009, situación que podrá prolongarse según lo disponga el Concejo.
Se solicita dispensa por la urgencia que amerita el trámite y sea acuerdo firme.
12 de febrero de 2008.
Edwin Artavia María Luisa Elizondo
Edgar Obregón Ana Madrigal
Moción del Alcalde
1. Que en la zona de Cipreses. la finca que asienta la cancha de fútbol y la infraestructura que es utilizada como camerinos y centro administrativo es utilizada por la comunidad desde hace varias décadas, sin que a la fecha se haya efectuado un traspaso formal y legal desde el propietario original que en su momento tuvo la iniciativa de donarla hacia la Municipalidad de Curridabat.
2. Que los datos del terreno son los siguientes:
a. Ubicación: Al Norte con la Arquidiócesis de San José y la Junta de Educación de Curridabat, al Sur con la Costa Rica Fast Food Service, S.A., al este con Inmobiliaria Cipreses, S.A. y al Oeste con Calle Vega y otros.
b. Medida: Nueve mil novecientos veinticuatro metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados.
c. Plano Catastro: SJ- uno uno cinco dos cero dos-mil novecientos noventa y tres
d. Propietario actual: Hacienda El Cacao, Sociedad Anónima.
Que el propietario del terreno es Hacienda el Cacao S.A., cuyo representante es el señor Rodolfo Jiménez Borbón, quien ha manifestado su anuencia a hacer valer la voluntad de sus antecesores en cuanto a que dicha finca saliera del patrimonio privado para que pasara a estar bajo la propiedad de la Municipalidad de Curridabat, con la intención de que sirva, como hasta ahora, para la promoción del deporte y la recreación de la comunidad de Cipreses.
Que para efectuar el traspaso formal y legal de la propiedad, el señor Rodolfo Jiménez Borbón, en representación de Hacienda El Cacao S.A., solicitó a la Alcaldía de la Municipalidad de Curridabat promover ante el Concejo Municipal un acuerdo que específicamente reitere el interés del gobierno local de Curridabat de solicitar y recibir la donación de la finca Plano Catastro: SJ- uno uno cinco dos cero dos-mil novecientos noventa y tres, que será utilizada, como hasta ahora, como área recreativa de la comunidad de Cipreses para la práctica del fútbol y otros deportes.
POR LO TANTO:
Se solicita respetuosamente y se autoriza a Hacienda Cacao S.A. hacer efectiva la donación de la finca Plano Catastro: SJ- uno uno cinco dos cero dos-mil novecientos noventa y tres que será utilizada como hasta ahora, a la Municipalidad de Curridabat para que sea destinada como área recreativa de la comunidad de Cipreses para la práctica del fútbol y otros deportes.
En consecuencia, se autoriza al alcalde de la Municipalidad de Curridabat, señor Edgar Mora Altamirano, en su calidad de representante legal de la misma, para que comparezca ante las instancias que sean pertinentes, incluida la Notaría del Estado de la Procuraduría General de la República, si fuera necesario, para proceder a firmar la escritura pública de recepción de la finca Plano Catastro: SJ- uno uno cinco dos cero dos-mil novecientos noventa y tres libre de gravámenes y anotaciones.
Del mismo modo, se autoriza al alcalde de la Municipalidad de Curridabat, señor Edgar Mora Altamirano, en su calidad de representante legal de la misma, para que suscriba un Convenio de Administración con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat que permita ceder en administración por cincuenta años la finca Plano Catastro: SJ- uno uno cinco dos cero dos-mil novecientos noventa y tres al Comité Cantonal de Deportes y Recreación, con la finalidad de que se utilice como área recreativa de la comunidad de Cipreses para la práctica del fútbol y otros deportes.
En nombre de la comunidad de Cipreses, se agradece a Hacienda El Cacao, S.A. en la persona de su representante legal, señor Rodolfo Jiménez Borbón, el cumplimiento actual, cabal e incondicional de la voluntad expresada por sus antecesores en el momento de la cesión original del terreno a la comunidad de Cipreses, acaecida décadas atrás.
Se solicita dispensa de trámite y acuerdo en firme.
Curridabat 12 de febrero de 2008
Se aprueba la dispensa de trámite de comisión de forma unánime. (ver discusión)
Se aprueba la moción de forma unánime.
Discusión de la moción para hacer efectivo el traslado de la propiedad de la Hacienda el Cacao a la Municipalidad
- Dubilia Mora, le parece muy importante la moción presentada, pero consulta si no se puede hacer la firma del convenio directamente con el comita de Cipreses, ya que éstos son los administran. Pregunta porqué no se puede hacer directamente, porque de alguna manera vana perder su identidad, y será el Comité Cantonal quien administrará, considera que debe ser el comité de Cipreses el que administre. Finaliza diciendo que es muy bueno que se haga el traspaso, porque el asunto le recuerda a La Corina, que no se ha recibido por parte de la municipalidad y no se pueden invertir fondos públicos, sin embargo si se ha podido en esta cancha que estaba ubicada en propiedad privada. Agradece a do Rodolfo Jiménez Borbón por ser tan caballero y cumplir con la voluntad de sus antecesores.
- Bernal Allen, avala las palabras de Dormond.
- Luis Monge, dice estar plenamente de acuerdo en que sea el comité cantonal de deportes sea quien administre esta cancha, porque tiene más recursos, y también si se firma con el subcomité es posible que cuando venga un cambio quienes queden ahí se podrían adueñar de esas instalaciones cerrándolas a la comunidad.
- Ana Madrigal, le parece que Dubilia Mora tiene razón, porque se ha manejado muy bien, y no deberían meterse manos ajenas, porque eso no le hace bien a una comunidad que está bien organizada.
- María Luisa Elizondo, agradece al señor Jiménez Borbón. Piensa que es de agradecer y felicitar al subcomité de deportes por la gran labor que han hecho, pero debe ser el Comité Cantonal el que maneje esta cancha, ya que este es el ente rector a nivel cantonal en materia deportiva, supone que se establecerá una especia de convenio para que la comunidad siga manejando la cancha.
- Roy Barquero, indica que considera que el Comité Cantonal de Deportes es el que debe administrar, la donación es para la municipalidad, no dice que Cipreses.
- Dubilia Mora, dice que en Curridabat cada subcomité maneja su cancha, y si se les propone que otros manejen la cancha no se los van a permitir, la comunidad de Cipreses ha manejado muy bien la cancha durante años, y le parece una injusticia que lleguen manos extrañas a querer manejar lo que les pertenece, los vecinos son los que se han esforzado por tener, el convenio debe trasladarse a Cipreses porque durante años son ellos mismos, con mucho esfuerzo y sacrificio, los que han manejado esa cancha .
- María Luisa Elizondo, lee el artículo 164 del Código Municipal, en el que queda claro que es el Comité cantonal es que debe por ley debe administrar, y se imagina que el Comité Cantonal establecerá un convenio con el Subcomité para que sigan manejando la cancha.
- Edgar Mora, dice que con la lectura del código se entiende que la forma en la que se está proponiendo la moción es la forma de hacerlo y que votar en contra no tiene sentido, lo que necesita la comunidad de Cipreses es que suceda esto. Aclara que ni la alcaldía ni el concejo pretende despojarlos de nada, lo que se hace es formalizar un bien que ya de hecho es de la comunidad, no se trata de suplantar la autonomía funcional y práctica de un subcomité que funciona bien, será adscripción de ese subcomité al Comité Cantonal lo que le dé autoridad y autonomía legal para seguir manejando y administrando esa cancha. Reitera que lo que se hace es formalizar una situación que décadas atrás no se había formalizado, la propiedad fue donada, y lo que se hace es respetar una voluntad, que además se hace efectiva en la práctica. Se hace en este momento porque se identificó la ausencia de un propietario público cuando se hizo la gestión para obtener una partida de veinte millones de colones que estaban comprometidos con la comunidad, si no transfiere la propiedad a nombre el comité no se puede usar ese dinero, por lo que concluye que no hay razón legal alguna para que no se apruebe la moción. Lo que es propio es que se traslade la propiedad a la municipalidad, y se firme con el comité cantonal de deportes un convenio de administración porque es quien está facultado para hacerlo.
- Bernal Allen, indica que el subcomité cantonal de deportes de Cipreses no tiene cédula jurídica, por lo que sugiere que en vista de lo manifestado y para evitar que los vecinos de Cipreses tengan que ir al concejo se agrega un párrafo que diga que “para que suscriba un Convenio de Administración con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat, para que a su vez éste lo administre el Subcomité de Cipreses por tantos años...”, lo que plantea es que el concejo indique su destino, con eso se evitan problemas.
- Azucena Mora, indica que ya el alcalde explicó que la comunidad está enterada y de acuerdo con esto.
- Edgar Mora, le parece correcta la propuesta de Allen, é único que puede firmar un convenio con la Municipalidad de Curridabat es el Comité Cantonal de Deportes.
- Edgar Obregón, en concordancia con las palabras de Allen se podría solicitar al subcomité de deportes un documento en el que manifiestan su acuerdo.
- Edgar Mora, sugiere una enmienda en el punto número tres, al final se agrega “..., bajo el criterio operativo del Subcomité Cantonal de Deportes de Cipreses, adscrito al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat”.
Se aprueba la moción de forma unánime.
martes, 12 de febrero de 2008
BITÁCORA de la Sesión Ordinaria # 93-2008
Martes 5 de febrero de 2008
Concejo Municipal de Curridabat
Ausentes: Ximena Soley, Manuel Castillo (auditor Municipal).
REVISIÓN Y APROBACIÓN DE ACTAS (CAP. # 1)
- Sesión Ordinaria #92-2008. Se aprueba con votación de 6 a 1 (Dubilia Mora en contra).
- Allan Sevilla, indica que hay una doble gestión al haber aprobado el informe de la comisión de obras y solicitar criterio de la asesora legal, pues que el señor Jaramillo nunca solicitó permiso para poner una aguja.
ASUNTOS URGENTES DE LA PRESIDENCIA. (CAP. #2)
1. Nombramiento del concejo municipal de un representante ante el comité cantonal de la persona joven.
Ana María Cambronero recomienda a Javier Mora Román, bachiller en administración de empresas y miembro de la Pastoral Social de Curridabat.
- Bernal Allen , pregunta si el nombramiento del actual representante ya venció.
- Azucena Mora, recuerda que la semana anterior se les envió una nota del Concejo de la Persona Joven solicitando nombrar a un representante.
- Luis Monge, considera que la persona recomendada es la persona idónea para este cargo, pregunta si debe hacerse la convocatoria para nombrar al resto de miembros.
- Azucena Mora, responde que el reglamento establece que primero se debe nombrar al representante del concejo municipal y luego éste deberá convocar a las otras entidades para la elección a los demás miembros.
Se somete a votación que Javier Román sea el representante municipal ante el comité cantonal de la persona joven.
- Dubilia Mora, considera que es necesario que el joven que termina su periodo se presente ante el concejo a brindar un informe, porque se le nombró y no volvió a presentarse al concejo, si algunos regidores tuvieron la deferencia de votar por él, lo mínimo que podría hacer es presentarse a presentar el informe. Por otro lado señala que en el concejo se les informó que el concierto que se realizó con Tapón era del Comité Cantonal de la Persona Joven, pero luego del Concejo Nacional de la Persona Joven se envió una nota informando de la transferencia de los recursos, a ella le llama la atención se pregunta con qué dinero se hizo la actividad, parece que esa partida todavía no ha ingresado a la municipalidad, pide que se le dé seguimiento por parte de la administración, porque sino les dieron atolillo con el dedo, porque si se comunica que hay fondos pero no se transfieren pues es solo de papel, dice que ella hizo sus consultas y entiende que no han entrado a la municipalidad.
- Azucena Mora, responde que los muchachos no tocan el dinero, son nombrados y juramentados, se reúnen con miembros de la administración y el dinero pasa directamente a la alcaldía por medio del departamento financiero.
- Ana Cambronero, agradece el apoyo a Román y expresa que es un joven muy valioso.
INFORMES (CAP. # 3).
- Edwin Artavia, pregunta si en este capítulo están en agenda el informe de COMAD y los Concejo de Distrito. [la presidenta responde que sí]. dice que le llama la atención que el miércoles anterior la comisión especial del órgano director contra el secretario redactó un informe y lo dejó en el casillero y no lo ve en la agenda. Agrega que él recogió el legajo donde Gabriela y luego lo depositó en el casillero que indica que se deben depositar los informes de comisión. Ahí está el informe, y le preocupa que esto esté dejado así, el informe se debería ir a traer, aunque sea el borrador. Esas son las cosas que le llaman la atención, y es un descuido. Aclara que no hay ninguna casilla que diga órganos directores.
- Azucena Mora, indica que los otros órganos directores no emiten informes porque se trata de órganos privados, y el informe se entrega hasta el final cuando se da la resolución. No sabe si el dictamen de este órgano debía elevarse al concejo.
- Edwin Artavia, responde que así es, y que eso es lo que le preocupa, porque se tomaron una o dos decisiones y el concejo debe conocerlo. Si se depositó el dictamen en el casillero debe abrirse para que se conozca. Agrega que esa es la situación que ha venido causando molestia, la falta de interés o el desacato, pide que esta situación debe analizarse pro lo que representa para este día.
- Edgar Obregón, respalda lo expresado por el regidor Artavia. Le preocupa la situación porque la presidenta debería tomar una decisión de lo que contiene el informe, que es la renuncia que presentaron en el acto de la sesión del órgano director Alfredo Dormond y él, considerando situaciones de tipo legal que podría terminar en un recusación, por lo que le parece que se debe conocer ese informe para que se tome una decisión al respecto.
- Luis Monge, propone que se vea en una sesión extraordinaria.
- Allan Sevilla, opina que hubo mala fe porque el casillero es para las comisiones, debieron informarle que dicho dictamen existía, Artavia le pudo haber avisado pero considera que se trata de que no aparezca en agenda para poder seguir pidiendo órganos directores, la cual es “la única y relevante intención”.
- Edwin Artavia, agradece el derecho a la respuesta, pide que consten en actas las palabras del secretario, pero no hay ninguna mala fe, sino falta de responsabilidad, porque si llega a las cinco y media y no hay nadie en la secretaría para eso están los casilleros, dice que se dedicó a ver cuál es la casilla que correspondía, pero que el problema del secretario son esas situaciones que se vienen dando y no quiere asumir que tiene una gran responsabilidad, no hay mala fe porque no lo está zancadilleando, pero que el secretario no está tomando la responsabilidad que tiene y todas esas actuaciones son las que lo llevan a esta situación, porque un casillero que está para las comisiones y lo debe revisar al día siguiente, agrega que incluso han pasado varios días, eso no puede ser posible. Pide que en el receso se lea lo que dice en el rótulo del casillero.
- Allan Sevilla, le responde a Artavia que cuando Artavia necesita algo siempre lo llama, y Artavia lo ha estado visitando la oficina y lo ha encontrado después de las cuatro. Advierte a Artavia que ha estado adelantando criterio con respecto a él, y lo ha venido haciendo desde que inició esta administración, dentro y fuera de sesión, y ha repetido en varias ocasiones sus intenciones con respecto a él, continúa adelantando criterio. Dice no ser adivino y no sabía que eso estaba ahí, y a nadie se le informó que eso estaba en el casillero de las comisiones, pero si tan grave es la situación se puede llevar al concejo luego del receso.
- Azucena Mora, indica que ella hace el orden del día con lo que tiene.
- Dubilia Mora, considera que se está haciendo un montón de esfuerzo y ya lo dieron por enterrado con todo lo externado por el regidor Artavia, cuando se está en un órgano director no pueden referirse al tema, y menos en una sesión del concejo porque son asunto privados, y ya esto se salió de control. El órgano nació muerto con estas expresiones, pide que conste en actas. Indica que el cuerpo colegiado es el jefe del secretario, y no los regidores de forma individual, porque hasta la asistente del secretario es regañada por algunos regidores, y le marcan el tiempo. Ella ha recomendado que se hagan cartas y digan las situaciones, porque ningún regidor fue electo para estar regañando a ningún trabajador administrativo, la envestidura de regidor se acaba cuando se levanta la sesión.
Se somete a votación una alteración al orden del día para que se conozca este informe del órgano director del secretario. La votación queda 4 a 3 (Dubilia Mora, Fabio Carvajal, Bernal Allen).
[se otorga un receso de 5 minutos]
1. Informe COMAD (ver informe)
- Azucena Mora, explica que la comisión de asuntos sociales solicitó observaciones y recomendaciones para la reformulación del reglamento de becas, pero le preocupa que lo que se está entregando es todo un reglamento.
- Virgilio Cordero, explica que el interés es que se incluyan las observaciones en el reglamento para beneficiar a las personas con discapacidad. Sugiere que esta propuesta se envíe a la comisión de asuntos sociales.
- Ana María Cambronero, indica que esa fue una de las propuestas, que solo subiera un informe al concejo y no el reglamento, en la comisión de asuntos sociales se está trabajando en un nuevo reglamento con Lenin Mondol.
- Luis Monge, agrega que se está trabajando en serio el asunto, el informe del informe no es una copia fiel del original porque es una fotocopia y en el original las recomendaciones estaban en colores. Pide que se traslade a la comisión de asuntos sociales, y que si se trajo al concejo fue para que constara en actas que se presentó.
Se traslada a la comisión de asuntos sociales.
2. Concejos de Distrito (ver informes)
- Dubilia Mora, le parece que hay un procedimiento que se debe realizar, como consultar a las organizaciones del distrito, no es una decisión que sale sólo del concejo de distrito. Entiende que la ley establece un proceso de idoneidad para girar fondos a asociaciones, pero para que se decida qué hacer con los recursos cree que no es necesario este proceso de idoneidad. Pregunta concretamente si se consultó a las organizaciones distritales.
- Marita Solano, indica que se convocó a algunas asociaciones a esta asamblea, y que incluso se presento el presidente de la asociación de la Gloria Bejarano, pero no llegó el día correcto, pero sí estaba enterado
- Virgilio Cordero, explica que este monto tiene que con los dineros que el gobierno ha trasladado a los municipios, agrega que el proyecto no se puede fraccionar porque así está establecido, que otra cosa son las partidas específicas que deben ser conocidos por el concejo de distrito ampliado, y sometidos a votación en esa instancia. Dice que el concejo debe informar sobre la decisión que se va a tomar, porque se trata de un dinero por única vez.
3. Órgano Director de Procedimiento.
En el informe se conocen las renuncias de Edgar Obregón y Alfredo Dormond en que se desligan del órgano director por considerar que dos de los puntos con que se creó este órgano vincula a los miembros se solicita que el concejo municipal reemplace a estos dos miembros. (ver discusión)
Se somete a votación el informe del órgano director y queda 4 a 3 (Dubilia Mora, Bernal Allen y Fabio Carvajal en contra).
-Dubilia Mora, pide un receso para que la fracción de Curridabat Siglo XXI se reúna.
CORRESPONDENCIA (CAP.# 4)
1. MINISTERIO DE HACIENDA.
Reporte de partidas específicas para el período 2009 para el Cantón de Curridabat, por un total de ¢26.770.421,52 que se distribuye de la siguiente manera: Distrito Primero: 9.225.265,00. Distrito Granadilla: ¢7.161.217,30. Distrito Sánchez: ¢2.570.193,70. Distrito Tirrases: ¢7.813.745,50.
Se traslada copia a la comisión de hacienda.
2. CARLOS LUIS RIVERA HERNÁNDEZ.
Copia de carta enviada al Grupo La Nación, donde extiende una felicitación y por el servicio de recolección de basura eficiente, responsable y puntual que se presta en este Cantón. Agradece, asimismo al funcionario Jorge Madrigal Rodríguez y su equipo de compañeros.
Se toma nota.
3. DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES.
Oficio en el que se solicita informar en un plazo de cinco días hábiles, acerca de la denuncia planteada por el señor Luis Fernando Antonio Rodríguez García, por el malestar que le ocasiona el bar "La Cueva de Baco" en Granadilla.
Se traslada a la asesoría legal para que responda en tiempo y forma.
4. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES.
Oficio 010-01-08 en el que se informa que al día 30 de enero, fueron obtenidas 5 medallas de bronce, 1 de plata y dos de oro.
Se traslada a la alcaldía.
5. TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Resolución en la que se declara sin lugar el recurso de apelación y nulidad concomitante interpuesto por WALTER CALVO MADRIGAL Y PATRICIA ROJAS UMAÑA, contra el acuerdo mediante el cual se procede al nombramiento de delegados a la Asamblea General de FEDEMUR.
- Bernal Allen, indica que el voto es muy importante para la municipalidad porque el voto dice que quien nombra tiene capacidad destituir, pide que se revise bien el asunto porque si quienes estaban nombrados votaron puede haber muchas nulidades en los acuerdos que se tomaron.
- Azucena Mora, pide al alcalde que en conjunto con la asesora legal respondan este asunto.
Se traslada a la asesoría legal del concejo.
ASUNTOS VARIOS (CAP. #5)
- Luis Monge, informa que los miembros de la COMAD sesionaron en Coronado y en conjunto con una funcionaria del IFAM está muy dispuesta a trabajar. Sobre lo que menciona Virgilio Cordero de los concejos de distrito se deben convocar a las asociaciones, y considera que se deben diversificar la convocatoria, porque no se trata solamente de las asociaciones de desarrollo, para ir allanando el camino se deben convocar a las asociaciones, y esto es un ejercicio muy sano. Otra forma es enviar notas para que asociaciones se encarguen de levantar un registro de asociaciones.
- Alfredo Dormond, a nombre de los scouts pide que se les tome en cuenta para participar en estos procesos. Agradece a la alcaldía el asta instalada en el parque. Tiene una queja de algunos vecinos cerca de la feria del agricultor, ya que se han estado parqueando carros en sitios en los que no deberían. Pide que se le ponga atención a esa situación. Felicita a la alcaldía por la actividad que se realizó el domingo, era mucha gente joven la que había en el parque.
- Edgar Obregón, recuerda que el alcalde cumple un año en funciones, lo felicita. Dice que repasando que concluye que los aciertos son más que los desaciertos, dejando de lado sus discrepancias. Este año es muy importante para los municipios, y en particular para este, porque podría haber algunos cambios, es conciente que debe haber mayor entendimiento entre las partes, porque hay muchas cosas que se pudieron haber evitado con más información le desea al alcalde que en su segundo año los aciertos sigan siendo aciertos.
- Edwin Artavia, recuerda que él presentó una moción hace cerca de un mes, pero que no había asesora legal y se trasladó a la asesoría legal de planta, pide que se retome por parte de la asesora legal de concejo esa moción.
- Dubilia Mora, dice que la semana anterior preguntó por el pronunciamiento sobre el asunto de La Corina, quiere saber si ya hay respuesta. Explica que la presidenta de la comisión de festejos populares está viviendo una situación difícil y le consultaba al auditor si era posible dar una prórroga al informe que esa comisión debe presentar, a lo que el auditor respondió que se trataba de días hábiles y que no era posible. Agrega que mientas estaba en la oficina del auditor, éste le dijo que se sentía como un “portero” y que tenía varios defensas metiendo penales, dice que el auditor pasó por un proceso y que a los tres meses se debe evaluar, porque le gustaría tiene esa consideración. Además que en dos ocasiones que ha ido a la municipalidad ha visto a la azora legal saliendo de la oficina del auditor, que no les gustaría pensar que los informes son manipulados por personas ajenas, dice no estar de acuerdo con esa situación, porque no puede ser que el auditor diga qué cosas se incluyen o modifican en tal documento.
- Bernal Allen, se une a las palabras de Obregón en relación al alcalde, le desea en su segundo año muchos éxitos en sus funciones, en este primer año se ha avanzado mucho, se avanzan en dos caminos, en obras y en el concejo no se dan muchas discusiones que aportaban.
- Carlos Castro, felicita al alcalde por este primer año. Sobre las actividades en el parque indica que es un éxito, pero algunos vecinos se quejan por las horas en que éstas inician. Pide que se vaya dando al máximo, para que la gente no tenga que esperar, pide que se respete el horario.
- Dubilia Mora, felicita a la administración por la actividad, y que la complacencia de los vecinos le llegó. Se une a las palabras de Obregón, dice que el año se le ha pasado muy rápido y por eso no lo notó, pero lo felicita y espera que siga llevando una buena gestión.
- María Luisa Elizondo, felicita al alcalde, y en la medida en que la administración sea eficiente, en esa medida se verán obras. Con relación al auditor, se debe ser consecuente con lo que se hace y lo que se dice, ya que el auditor envió una nota al concejo en la que informaba que no atendería consultas individuales sino acuerdo que tome el concejo, ya que no podría dar atender todas sus obligaciones.
- Edgar Obregón, dice que el gobierno ha declarado el 2008 como año de la firma de gobierno digital, recuerda a la administración de que en su momento había presentado una moción para que se les capacitara sobre la ley 8454.
- Cecilia Picado, felicita al alcalde por el año tan acertado que ha tenido. Informa que los vecinos de El Hogar en José María Zeledón están muy satisfechos con su labor.
- Virgilio Cordero, informa que si se habla de asociaciones de desarrollo en casi todas las calles de Granadilla hay grupos organizados, y que su labor consiste en informar cuál es la situación real. Agradece en nombre de los vecinos de La Europa porque en un año se han asfaltado muchas calles.
- Carlos Castro, dice que la mención de Elizondo es muy acertada porque el concejo también ha puesto de su parte, les agradece al concejo esas aprobaciones.
MOCIONES (CAP. #6)
1. Moción presentada por el regidor Monge para convocar a la Ministra de Transportes para que se refiera a la finalización de la Pista Florencio del Castillo. (ver moción)
Se aprueba de forma unánime.
ASUNTOS DEL ALCALDE (CAP.#7)
1. Agradece las palabras de felicitación de los regidores, extiende el agradecimiento a los funcionarios.
2. Oficio de la Contraloría General de la República en el que se autoriza la compra del terreno de ACERPA para que se instale ahí el Colegio Técnico de Tirrases.
El alcalde presenta un moción para que se le autorice a presentarse al notariado público para formalizar la compra.
3. Moción del alcalde para que se aprueben los proyectos presentados por los concejos de distrito en las respectivas actas ((ver informes).
El alcalde explica que para evitar confusiones y en vista de que es posible que el acuerdo tome el acuerdo, solicita que se complete el trámite que solicita el IFAM, para que se traslade al Ministerio de Hacienda y pronto se tenga le código presupuestario y ejecutar la obra. (ver moción)
Se somete a votación la dispensa de trámite de comisión. Se aprueba con votación de 5 a 2 (María Luisa Elizondo y Edwin Artavia en contra).
- María Luisa Elizondo, dice estar de acuerdo en la obra de Granadilla pero no se presentó el acta del concejo de distrito.
- Edgar Mora, dice que se presentó pero que no se leyó.
[la presidenta lee el acta].
- María Luisa Elizondo, dice que no tiene copia.
- Azucena Mora, dice que en informes se leyeron los cuatro, [le responden que no], dice que hubo una confusión peor que ya se leyó.
Se aprueba con votación de 6 a 1 (Edwin Artavia en contra).
- Edwin Artavia, justifica su voto negativo diciendo que el asunto debía trasladarse a la comisión de hacienda para su estudio de acuerdo al artículo 58 del reglamento interior de debates.
- Edgar Mora, dice que los grandes proyectos tienen un riesgo, y se asignó mucho dinero para n único propósito, y se asumen riesgos, ninguna de las razones de la Contraloría estaban contenidos en la resolución de enero, y formarán parte de la liquidación, pero dichosamente el concejo entendió la necesidad de asignar recursos mediante una modificación de presupuesto, y que ahora la contraloría tiene claro que existen esos recursos. Posiblemente se debe acostumbrar el concejo que se realizan las mismas metodologías solo que obras grandes, y se han utilizado todos los recursos disponibles para que un proyecto salga adelante, en los múltiples fases del proyecto contó con el apoyo de los regidores y de distintos miembros de la comunidad. Por estar en un vértice en el que se podía ver todo, ha podido ver cómo se juntaban muchas voluntades para sacar el proyecto, la cantidad de gente que ha ayudado es masiva, un proyecto bueno junta voluntades.
2. Sobre el tren, indica que siente que habrá tren, y un tren nunca visto. Explica que se conformado una estrategia en conjunto con la Concejo Nacional de Concesiones, y una parte de la estrategia ha dado sus frutos, y una empresa de arquitectos encargada de proyectos de este tipo, y han seguido un proceso de selección de sus nuevos miembros, ese proceso consiste en que los aspirantes a los cargos directivos debe presentar un proyecto. Uno de los proyectos que se les ha presentado es precisamente el del tren de Curridabat para que diseñen las zonas públicas en que se asentaría el tren. Explica que recientemente recibió una nota de esa empresa, en la que indica que se acepta la invitación al desarrollo de un modelo. Considera que esto es un hito muy importante, ya que no se trata de una erogación que sí han tenido que hacer algunas ciudades importantes. Pide el apoyo para este proyecto, y que ese apoyo se traduzca en acuerdos que logren sacar el proyecto adelante.
3. Explica que en la propiedad del INVU en La Troja, y que al parecer se están generando filtraciones de agua. Explica que cuando se compró ese terreno de la Bilbaína se han estado haciendo algunas mejoras a los alrededores, se ha eliminado el charral, y en estos días se han estado haciendo unas obras y han comunicado lo que están haciendo, en estos días hay obras que no implican cosas que se está imaginando la gente, efectivamente es una acción que está en conocimiento por parte del INVU, de la Alcaldía, y hay ojos de todo el mundo en esa propiedad, por lo que está muy vigilado, la empresa se ha comprometido en volver a cerrar el trillo, y en darle mantenimiento a ese lote.
La sesión finalizó a las 11:30 p.m.
Informe de la COMAD
Reunidos en el Palacio Municipal el día miércoles 29 de enero de 2008.a1 ser las 15:00 horas en presencia de los siguientes miembros: Luis Ulderico Monge Díaz, Virgilio Cordera Ortiz, Luis León Acuña, Ana María Cambronero Barrantes, Erick Araya,
CAPÍTULO ÚNICO
Se procede por parte de los miembros de esta comisión a realizar las modificaciones que consideran necesarias en el Reglamento de becas REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A ESTUDIANTES DE ESCASOS RECURSOS DEL CANTÓN DE CURRIDABAT (Publicado en La Gaceta Nro. 115 del lunes 14 de junio de 2004)
TITULO 1
Disposiciones Generales
Artículo 1ª.- Para el mejor entendimiento del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:
1. Municipalidad: La Municipalidad del Cantón de Curridabat
2. Reglamento: Reglamento para el otorgamiento de becas a estudiantes de escasos recursos del Cantón de Curridabat.
3. Becas: Sistema mediante el cual la Municipalidad, brinda facilidades o ayudas en dinero o de otra índole a estudiantes de escasos recursos del Cantón de Curridabat, para que puedan realizar sus estudios.
Artículo 2ª.- La Municipalidad mantendrá un número limitado de becas para estudiantes del Cantón, que deseen iniciar, continuar o concluir estudios de enseñanza, primaria, secundaria, educación especial, académicos, vocacionales y técnicos dentro de nuestro territorio, en centros educativos públicos, dentro o fuera del Cantón. En el caso de educación especial debe entenderse como aquella en donde el estudiante presenta un impedimento físico, emocional o mental y para el cual requiere de métodos de enseñanza especiales.
Artículo 3º.- El derecho a una beca se otorgará a los estudiantes que cumplan con todos los requisitos estipulados en el Artículo 13 del presente Reglamento.
Artículo 4°.- Serán excluidos de este beneficio los estudiantes que por parte del Ministerio de Educación Pública o cualquier otra institución pública o privada, tengan el disfrute de la beca, exceptuando las mencionadas en la ley 7600.
Artículo 5ª.- Corresponde al Concejo Municipal, Aprobar o improbar en forma definitiva el otorgamiento de las becas, para lo cual tomará en cuenta la propuesta que en cada caso, le brinden los Concejos de Distrito así como los antecedentes del interesado. El Concejo Municipal deberá tomar en cuenta la recomendación socio - económica que emitan los Concejos de Distrito en conjunto con la Comisión de Asuntos Sociales y en el caso de las personas con discapacidad será la COMAD.
Artículo 6º.- Corresponde al Alcalde, en conjunto con el Contador Municipal, gestionar que la planilla de becas se encuentre lista el primero de cada mes; y al encargado de la Tesorería Municipal realizar las gestiones para que el becado pueda disponer del monto de su beca a más tardar el quinto día hábil de cada mes así como informar en forma trimestral al Concejo Municipal, si existen estudiantes que durante dos meses consecutivos no han retirado el monto asignado de la beca.
Artículo 7º.- La Alcaldía será la encargada de dar publicidad por los medios que fuese necesarios, diario de circulación cantonal, murales de la municipalidad, sobre la apertura de cupos para becas.
Artículo 8º.- La Municipalidad enviará a la Dirección Administrativa de todos los centros educativos del Cantón, así como de los Centros Educativos de Enseñanza Especial que den asistencia a esta población, un comunicado para que aquellos estudiantes que cumplan los requisitos establecidos en este Reglamento y tengan interés en la beca, retiren el formulario respectivo.
TITULO II
Del fondo de becas
Artículo 9.- Dentro del presupuesto ordinario anual de la Municipalidad, se destinará un porcentaje que no menor de 0,7% de¡ total de dicho presupuesto el cual se utilizará para financiar el fondo de becas, sin perjuicio del porcentaje de lo recaudado por concepto de impuestos, lo anterior con el fin de permitirle a la Municipalidad contar con recursos suficientes para este fondo, acorde con los gastos educativos en que incurran los estudiantes regulares. Mediante acuerdo de[ Concejo, tal fondo podrá ser aumentado anualmente a criterio de éste v de conformidad con las variaciones que se produzcan en el costo de la vida.
Artículo 10.- El monto del fondo destinado para becas, podrá ser aumentado tomando como base la recomendación que haga el Concejo de Distrito con respecto a la cantidad de estudiantes en espera y de acuerdo a los recursos disponibles por la Municipalidad.
Artículo 11.- La Municipalidad podrá buscar financiamiento externo por medio de donaciones en efectivo o por medio de becas específicas, otorgadas por instituciones para incrementar los recursos destinados a este programa de becas.
TITULO III
Del Concejo de Distrito
Artículo 12.- El Concejo de Distrito respectivo, de conformidad con el artículo 57 del Código Municipal, será el encargado de emitir al Concejo Municipal la propuesta respectiva.
TITULO IV
De los requisitos que debe cumplir el interesado y documentos a presentar
Artículo 13.- Para ser beneficiario de una beca los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos, que deberán presentar al Departamento correspondiente:
1. Ser vecino del Cantón de Curridabat.
2. No contar con recursos económicos para realizar o continuar sus estudios, lo cual se comprobará con el estudio socioeconómico que se describe a continuación.
3. Someterse a un estudio socioeconómico, el cual será elaborado por los miembros del Concejo de Distrito respectivo, en conjunto con la Comisión de Asuntos Sociales, y en el caso de las personas con discapacidad será la COMAD, basada en la ley 7600, cuyo objetivo es determinar la carencia de recursos económicos en el grupo familiar, para que el estudiante realice o continúe sus estudios y verificar que el rendimiento académico del solicitante sea el óptimo.
4. Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante o en caso de ser menor de edad, del padre, madre o encargado.
5. Solicitud formal del interesado en caso de mayores de edad, o del padre, madre o encargado, en caso de ser menor de edad, o personas con discapacidad según la ley 7600, indicando nombres, apellidos, edades, estado civil y oficio, de todos los miembros del grupo familiar, dirección exacta, y lugar para recibir notificaciones.
6. Original y copia de la orden patronal, o constancia de salario del interesado en caso de ser mayor de edad, del padre y la madre en caso de que el interesado sea menor de edad, así como de los hermanos (as) mayores de edad que convivan en la misma casa de habitación con el solicitante.
7. Constancia extendida por la Dirección del Centro Educativo, donde se indique que el estudiante a la fecha se encuentra matriculado y que mantiene un buen comportamiento y buen rendimiento académico, en el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que evalúe el rendimiento académico basada en la ley 7600.
8. Original y copia del último reporte de calificaciones.
9. Original y fotocopia de la certificación de notas aprobadas trimestralmente o semestralmente, extendida por el centro educativo público que corresponda, en el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que analice dicha certificación basada en la ley 7600.
10. Copia de los recibos de agua, luz o teléfono de la casa.
11. Los anteriores podrán ser sustituidos en caso de imposibilidad material por una Declaración Jurada, cuyo formulario proporcionará la Municipalidad.
TITULO V
Del procedimiento
Artículo 14º.- Cumplidos todos los requisitos establecidos en el artículo 13 de este reglamento, el Concejo de Distrito llevará a cabo un estudio de toda la documentación presentada y verificará cada uno de los requisitos en conjunto con la Comisión de Asuntos Sociales, quienes coadyuvarán en la emisión del estudio socio - económico. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que evalúe los requisitos, basada en la ley 7600.
Artículo 15ª.- El Concejo de Distrito respectivo, con base en las solicitudes presentadas, seleccionará a los beneficiarios, dando prioridad en todo caso a los estudiantes de menores ingresos familiares y de mayor rendimiento académico. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que seleccione a los beneficiarios, basada en la ley 7600.
Articulo 16ª.- En todos los casos, el Alcalde, los miembros del Concejo de Distrito y de la Comisión de Asuntos Sociales, podrán hacer visitas a los hogares de los interesados para determinar la veracidad de la información. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que podrá realizar visitas, basada en la ley 7600.
Artículo 17.- Toda beca implica una remuneración mensual, cuyo monto se establecerá para cada ciclo lectivo y se entregará durante los primeros cinco días
hábiles de todos los meses del año lectivo a través de la Tesorería Municipal.
Artículo 18º.- Cada adjudicatario de beca municipal o su representante, deberá retirar en la Secretaría del Concejo Municipal, una copia del Reglamento de Becas, la cual se les entregara de forma gratuita.
Artículo 19°.- Los adjudicatarios de becas, sus padres o encargados estarán obligados a demostrar su rendimiento al finalizar cada ciclo lectivo, para lo cual deberán presentar ante la Secretaría del Concejo, el reporte de calificaciones expedida por la Dirección del centro educativo donde realiza los estudios. La Secretaría deberá informar al Concejo de lo anterior. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la evaluara el rendimiento de las personas becas, basada en la ley 7600
Artículo 20°.- Los adjudicatarios de becas recibirán mensualmente el monto asignado de la beca de conformidad con el presupuesto asignado por el Concejo Municipal, en el mes de agosto del año anterior a la adjudicación. De esta manera el Concejo Municipal deberá definir cada año en la fecha indicada el monto individual según las distintas categorías: primaria, secundaria o técnico. Las personas autorizadas para retirar los dineros serán los interesados en caso de ser mayores de edad, o sus representantes legales, en caso de ser menores o personas con discapacidad.
Artículo 21.- Los beneficiarios de becas municipales, mayores de quince años, aportarán dos horas semanales a labores de su comunidad como retribución solidaria, cuando así se les solicite, En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que decida que tipo de trabajo realizaran de acuerdo a sus capacidades, basada en la ley 7600
Artículo 22°.- El trabajo a realizar y la forma de hacerlo, se coordinará con los directores de los respectivos centros educativos. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD será la que coordine con los directores, basada en la ley 7600.
Artículo 23°.- Todo beneficiario de una beca municipal, deberá asistir a las convocatorias que para tratar cualquier asunto relacionado con su beca, le formule el Concejo de Distrito, o el Concejo Municipal. Para estos efectos toda notificación deberá realizarse por lo menos con tres días de anticipación, mediante nota, recibida por un mayor de edad en el lugar para recibir notificaciones, indicado en la solicitud. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que haga las convocatorias, basada en la ley 7600.
Artículo 24ª.- Los montos de dinero a otorgar por concepto de becas municipales serán aumentados cada año, a fin de procurar que el beneficio se encuentre más acorde con la realidad económica del becario y en general con el costo de la vida.
TÍTULO VI
Del pago de la beca
Artículo 25º.- El Concejo Municipal deberá remitir a la Alcaldía Municipal, la autorización para la entrega del dinero a cada adjudicatario de beca, los cuales se entregarán en forma mensual durante los primeros cinco días de cada mes al interesado, si es mayor de edad, o si es menor, al padre, madre o encargado, debidamente identificado, y a una persona con discapacidad, a su representante legal.
Artículo 26º; Al finalizar cada ciclo lectivo, la Comisión de Asuntos Sociales, en coordinación con los Concejos de Distrito, remitirá un informe al Concejo Municipal, en donde recomiende mantener o eliminar la beca por no cumplir con alguno de los requisitos establecidos en este Reglamento. La Comisión de Asuntos Sociales deberá mantener al día los expedientes de cada becario, procurando que cumplan con todos los requisitos, ya que de ese estudio dependerá que los dineros sean entregados a tiempo. En el caso de las personas con discapacidad será la COMAD la que rendirá el informe, basada en la ley 7600.
TITULO VII
De los Recursos
Artículo 27°; Cuando al interesado le sea rechazada su solicitud de beca, él o su representante podrán interponer ante el Concejo de Distrito, recurso de revocatoria, y cuando en subsidio se interponga recurso de apelación, éste será conocido por el Concejo Municipal.
TÍTULO VIII
De la renovación de la beca
Artículo 28ª.- La renovación de la solicitud de beca deberá hacerse al finalizar cada ciclo lectivo, para lo cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Solicitud formal indicando su deseo de continuar como beneficiario de la beca municipal.
2. Certificación de calificaciones en la que conste que todas las materias fueron aprobadas, se toma como nota mínima un promedio de 75, independientemente de la nota que se establezca para aprobar el curso. En el caso de las personas con
3. discapacidad será la COMAD la que determine los parámetros con que serán evaluados, basada en la ley 7600.
4. Que su situación económica no haya sufrido mejoras.
5. Certificación emitida por el Centro Educativo respectivo en que conste la matrícula.
TÍTULO IX
Renuncias y sanciones
Artículo 29°. A los beneficiarios de una beca municipal, se les podrá cancelar el beneficio, cuando incurran en cualquiera de las causales que se citan:
1. Dejar de ser vecino del Cantón de Curridabat.
2. Renuncia expresa.
3. No obtener el rendimiento académico indicado en el artículo 28 inciso 2), al finalizar el curso lectivo. No aplica para las personas con discapacidad
4. Que se demuestre haber incurrido en conductas públicamente reprochables.
5. Por negarse a colaborar en los trabajos de ayuda a la comunidad que le han sido encomendados.
6. Dejar de retirar, sin causa justificada más de dos mensualidades correspondientes al beneficio.
7. Dejar de ser estudiante activo.
8. Por expulsión del becario en la institución educativa por razones justificadas.
9. Por pérdida del curso lectivo debido a ausencias injustificadas.
10. Por haber cambiado la situación económica del becario, o de su núcleo familiar, de modo que se demuestre que la ayuda de la Municipalidad no le es indispensable.
11. Por comprobación de fraude, respecto al cumplimiento de los requisitos señalados en el presente Reglamento, por parte del becario.
Artículo 30.- Cuando la Comisión de Asuntos Sociales, el Concejo Municipal o algún Concejo de Distrito por cualquier medio tengan conocimiento de que un beneficiario ha incurrido en una causal de las establecidas en el artículo anterior, inmediatamente ordenará la apertura de una Comisión Especial. Se formularán los cargos, de los cuales se dará traslado al beneficiario, estableciendo un plazo no mayor de ocho días naturales para su descargo. Transcurrido ese plazo la Comisión analizará lo actuado y deberá emitir dentro de los tres días hábiles siguientes la resolución final, que notificará al interesado. Inconforme con esa resolución el interesado podrá ejercer los recursos conforme al artículo 27 de este Reglamento, ofreciendo de una vez la prueba que estime conveniente. Llegada en alzada dicha impugnación, será conocida en la Sesión Ordinaria siguiente por el Concejo Municipal quien resolverá en definitiva.
Artículo 31º. La calificación de reprobado no significará el cese de la beca si se demuestra que la dificultad surgida para el estudio fue producida por enfermedad comprobada, por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
Artículo 32º. En caso de renuncia justificada o que se le retire la beca a algún estudiante, ésta se otorgará a otra persona que se encuentre en lista de espera según estudio previo del Concejo de Distrito respectivo.
Artículo 33ª.- Bajo ninguna circunstancia la Municipalidad de Curridabat otorgará becas a los estudiantes que sean parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad de alguno de los miembros del Concejo de Distrito, de la Comisión de Asuntos Sociales del Concejo Municipal, o del Alcalde Municipal, en caso de que se haya otorgado una beca en dicha condición, el beneficio será cancelado de oficio por el Concejo Municipal.
TITULO IX
Disposiciones finales
Artículo 34ª.- Cualquier reforma al presente Reglamento, podrá efectuarse por medio de Acuerdo Municipal.
Artículo 35ª- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta -
Virgilio Cordero Ortiz