15 de Enero del 2008
ALMC-002-01-2008
Licenciado
Marvin Romero Chavarría
Director Financiero
Estimado Señor:
Por medio de la presente me permito remitirle copia de la sentencia número 5052007, dictada por la Sección Primera del Tribunal Contencioso Administrativo, a las 14 horas del pasado día 05 de diciembre del 2007, en la cual confirman el fallo de primera instancia que había sido recurrido en su momento oportuno por la Municipalidad, por no encontrarlo ajustado a derecho.
Se trata del conocido caso del proceso de Ejecución de Sentencia de la señora María Isabel Ross Villalobos, tramitado bajo el expediente número 06-001037-163-CA, a quien la Sala Constitucional, mediante voto número 2006-002929 de las 14:42 horas del 07 de marzo del 2006, le declaró con lugar un Recurso de Amparo incoado contra nuestra Municipalidad.
Así las cosas, y con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal, le ruego tomar las medidas del caso para que se presupuesten las sumas ordenadas en sentencia, sea ¢100.000,00 por concepto de daño moral subjetivo y ¢31.265,00 por concepto de costas personales del recurso de amparo. De igual forma, la condenatoria obliga al pago de los intereses legales futuros, desde la firmeza del fallo hasta su efectivo pago, más las costas personales de la presente ejecución de sentencia, por lo que, en criterio de esta Asesoría, deberá presupuestarse una suma cercana a los ¢250.000,00 en total.
Atentamente,
Lic. Luis Fernando Chaverri Rivera
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